¿Una persona con residencia puede pedir a otra persona?
Si soy residente permanente, ¿puedo pedir a otra persona? Esta es una de las dudas que más asalta a las personas que logran conseguir la Green Card. Hay que tener en cuenta que las leyes de inmigración estadounidense favorecen la reunificación familiar, por lo que es posible acceder a distintos recursos migratorios. En este post, conoce a quién puede reclamar un residente americano y otros aspectos relacionados con el tema.
¿A quién puedo pedir siendo residente?
La residencia permanente legal es un estatus migratorio que le permite a quien lo posee trabajar y vivir en los Estados Unidos sin inconvenientes. Además, es el requisito más importante que se debe cumplir para poder optar a la ciudadanía americana. Debido a que es un estatus legal, quien la posee puede pedir a los siguientes familiares extranjeros:
- Cónyuges. Si el hijo tiene menos de 21 años, se puede hacer una petición conjunta.
- Hijos solteros de cualquier edad y si tiene más de 21 años, se debe hacer una solicitud por separado. Si el hijo es casado ya no puede ser solicitado, a menos que el peticionario obtenga la ciudadanía americana.
Los ciudadanos americanos son los únicos que están en capacidad de pedir a un hijo casado o a otra persona con distintos parentescos. Se debe demostrar evidencia de la relación familiar con la persona y esperar turno para un número de visa, junto con otras personas del mismo país o región. Para saber más consulta el siguiente enlace.
Requisitos para pedir a una persona en Estados Unidos
Si soy residente permanente de los Estados Unidos puedo solicitar al cónyuge y a un hijo soltero. Sin embargo, el proceso puede ser largo y complejo, pero puede ayudar a los familiares a tener un estatus legal en el país. Parte del procedimiento consiste en cumplir con los siguientes requisitos:
- Presentar el Formulario I-130 conocido como Petición de Familiar Extranjero disponible en la web de USCIS. Si la persona se encuentra en los Estados Unidos, se puede solicitar un ajuste de estatus con el Formulario I-485.
- Demostrar con distintos tipos de evidencia que la persona es un familiar directo, cónyuge o hijo, del solicitante. Puede ser un certificado de nacimiento, de matrimonio, de divorcio, entre otros.
- Presentar un comprobante que demuestre que el solicitante es un Residente Permanente de los Estados Unidos.
- Pagar la tarifa de presentación y enviar la solicitud por correo postal o en línea a través de la cuenta en USCIS.
- Demostrar que posee los recursos económicos para patrocinar, mantener y recibir a los familiares cuando lleguen al país.
Una vez aprobado por USCIS, la solicitud será remitida al Centro Nacional de Visas (NVC), quien se encargará del “Trámite Consular”. La persona será notificada en el país de origen para que pase por la embajada o consulado, cuando la visa esté lista. Debe presentar la documentación, acudir a una entrevista y seguir las instrucciones del oficial.
Contenido recomendado:¿A quién puede pedir un ciudadano americano?Preguntas frecuentes
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¿A qué familiares pueden pedir un residente americano?
Con un estatus migratorio de residente permanente puede pedir al cónyuge y a los hijos solteros de cualquier edad.
¿Mi esposa es residente permanente me puede pedir?
Sí, te puede pedir. Solo debes llenar el Formulario I-130 e iniciar el procedimiento. Si estás dentro de los Estados Unidos de forma legal, puedes solicitar un ajuste de estatus.
¿Mi mamá es residente permanente me puede pedir?
No. Un residente americano solo puede pedir a un cónyuge y a los hijos solteros.
¿Qué pasa si me caso con alguien que tenga residencia?
Si estás dentro del país de forma legal, puedes solicitar un ajuste de estatus. Sin embargo, si estás de forma ilegal, debes pasar por un proceso de salida del país, buscar el perdón e iniciar el trámite consular en el país de origen. Para saber más ingresa al siguiente enlace.
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